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La nueva constitución y el plebiscito de salida

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Por Pedro Albornoz.

La convención constitucional esta próxima a concluir sus funciones y ha elaborado  un borrador inicial de constitución que deberá ser terminado y presentado el próximo 5 de julio.  Ahora el texto ha pasado a la comisión de armonización , que debe velar  por la concordancia y coherencia de las normas aprobadas. También se establecerán las normas transitorias para la implementación de la nueva constitución, de aprobarse el texto en el plebiscito de salida del  4 de septiembre.

Cabe recordar que el actual proceso constituyente surge como un acuerdo de la elite política y empresarial, para intentar dar una salida institucional a la crisis abierta durante el estallido de octubre de 2019. La rebelión de octubre no solo amenazó con hacer caer al gobierno de Piñera sino que a todo el régimen político y económico heredado de la dictadura. El acuerdo de noviembre de 2019 permitió encauzar la crisis dentro de la institucionalidad a traves de plebiscitos, elecciones y la propia convención constitucional.

Como habiamos señalado, la correlación de fuerzas al interior de la convención así como el quórum establecido de 2/3 para la aprobación del texto constitucional; necesariamente iban a impedir que las propuestas de cambios más radicales se rechazaran. En esto han tenido un rol clave sectores de convencionales afines a la ex Concertación y también del Frente Amplio.

El borrador de la nueva Constitución

¿Pero en rigor que plantea el borrador de la constitución? Es un texto de aproximadamente 500 artículos que plantea cambios importantes en relación a la constitución dictatorial de 1980. He aquí la mención de algunos artículos fundamentales:

Se establece que Chile es un estado Plurinacional e Intercultural que reconoce la coexistencia de diversas naciones y pueblos en el marco de la unidad del Estado.(número 5 – Artículo 4)

Señala que el Poder Legislativo se compondrá del Congreso de Diputadas y Diputados y la Cámara de las Regiones.(número 7- Artículo 5º bis). Aquí el Senado desaparece y es reemplazado por la Cámara de las Regiones, cuyas funciones e integración aún quedan por definirse.

Para garantizar la integridad pública y erradicar la corrupción, se establece que no podrán optar a cargos públicos ni de elección popular las personas condenadas por crímenes de lesa humanidad, delitos sexuales y de violencia intrafamiliar, aquellos vinculados a corrupción como fraude al fisco, lavado de activos, soborno, cohecho, malversación de caudales públicos.(número 83- Artículo 13)

Se establece que Chile es un Estado Regional, plurinacional e intercultural conformado por entidades territoriales autónomas, en un marco de equidad y solidaridad entre todas ellas, preservando la unidad e integridad del Estado.(número142.- Artículo 1)

En relación a los derechos fundamentales, el estado aparece como garante de estos; marcando una importante diferencia en relación a la constitución de 1980; donde el estado tiene rol subsidiario.

Se establece el derecho a una educación sexual integral.(número 254- Artículo 17).También el derecho  a las tierras, territorios y recursos; donde el Estado reconoce y garantiza conforme a la Constitución, el derecho de los pueblos y naciones indígenas a sus tierras, territorios y recursos. (número 257- Artículo 21).También se establece el derecho de toda persona a tener una vivienda digna y adecuada.(número 271- Artículo 4)

Se define que toda persona tiene derecho al trabajo y su libre elección y que el Estado garantiza el trabajo decente y su protección. Se tendrá derecho a una remuneración equitativa, justa y suficiente, que le asegure sustento al trabajador y su familia.Toda persona tiene derecho a igual remuneración por igual trabajo, prohíbiéndose toda forma de precarización laboral, de trabajo forzoso, humillante o denigrante.(número 273-Artículo 8). Aquí surgen grandes dudas sobre como se garantizará este derecho bajo el actual sistema económico. ¿Como se impedirá la precarización laboral si el funcionamiento del capitalismo neoliberal se basa en precarizarizar permanentemente el trabajo para aumentar las ganancias de unos pocos multimillonarios?. La tercerización, los trabajos a contratata y por honorarios son duras realidades que sufren día a día miles de trabajadores.

La Constitución asegura a trabajadoras y trabajadores, del sector público como del privado, el derecho a la libertad sindical. Esto comprende el derecho a la sindicalización, a la huelga y la negociación colectiva ramal, sectorial y territorial. (número 277- Artículo 12). Esto responde a una demanda histórica por el derecho efectivo a la negociación sectorial o por rama de producción.

Se garantiza a toda persona el derecho a la seguridad social, fundada en los principios de universalidad, solidaridad, integralidad, unidad, igualdad, suficiencia, participación, sostenibilidad y oportunidad.(número 278- Artículo 13)

Toda persona tiene derecho a la salud y bienestar integral, incluyendo su dimensión física y mental. Habrá un Sistema Nacional de Salud de carácter universal, público e integrado, que podrá estar integrado por prestadores públicos y privados. La ley determinará los requisitos y procedimientos para que prestadores privados puedan integrarse al Sistema Nacional de Salud. (número 279- Artículo 14). Aquí no se clarifica el rol de las instituciones privadas de salud en el nuevo sistema; si se establece la salud como un derecho, ¿como es posible que entes privados que lucran con la salud se integren al Sistema Nacional de Salud?.

Se asegura a todas las personas el derecho a la educación. El Estado deberá articular, gestionar y financiar un Sistema de Educación Pública, de carácter laico y gratuito. (número. 281.- Artículo 16)

El Estado velará por un uso razonable de las aguas. Las autorizaciones de uso de agua serán otorgadas por la Agencia Nacional de Aguas, de carácter incomerciable.(número 310.- Artículo 2)

El Estado tiene el dominio absoluto, exclusivo, inalienable e imprescriptible de todas las minas y las sustancias minerales, metálicas, no metálicas, y los depósitos de sustancias fósiles e hidrocarburos existentes en el territorio nacional, sin perjuicio de la propiedad sobre los terrenos en que estuvieren situadas.(número 324.- Artículo 22)

Las demandas sociales y el plebiscito de salida

La propuesta de nueva constitución, a pesar de sus falencias, es un avance en relación a la actual constitución de 1980. El borrador plantea reformas importantes en el rol social del estado, incorporando demandas  de los pueblos originarios, de los movimientos de mujeres, de trabajadores, de los movimientos ecológicos y de las regiones históricamente postergadas. Pero corre el riesgo de quedarse en propuestas meramente declarativas al no plantear cambios radicales al actual sistema económico capitalista. No se tocan los multimillonarios intereses de los grandes grupos económicos que saquean nuestros recursos minerales, forestales, pesqueros, etc. Era fundamental plantear la nacionalización de todos los recursos naturales y pasarlo a control estatal. El control público de las princincipales áreas de la economía es la única manera de tener los recursos necesarios para responder a las enormes necesidades e históricas demandas  de los trabajadores y el pueblo.

Ante el escenario del próximo plebiscito de salida, es fundamental terminar por enterrar la constitución de la dictadura, llamando a votar apruebo. Empezar a terminar con la nefasta herencia de la dictadura podrá abrir los espacios para fortalecer la organización y lucha de la clase trabajadora. Esta será una etapa más en la lucha por conquistar nuestros plenos derechos en medio de la crisis económica que nos golpea. Entonces se volverá imprescindible levantar una genuina alternativa de los oprimidos, para realizar las transformaciones revolucionarias que se necesitan.

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