RADIO DEL MAR
La reglamentación para la adjudicación y renovación de concesiones de acuicultura permite eludir los Estudios de Impacto Ambiental y acogerse solamente a una Declaración de Impacto Ambiental e INFAS: Esto se concede en un 99% de las concesiones, al presumir que no “se producirían impactos significativos en el ambiente”, lo cual atenta contra todo lo expuesto y contra la información y razonamiento científico que indica que las condiciones anaeróbicas generarían perturbaciones dramáticas
Por: Prof. Tarsicio Antezana J., Biólogo Marino; M.Sc;Ph.D. en Oceanografia,
14 de agosto de 2020
La falta de investigación científica independiente sobre contaminación, capacidad de carga, eutroficación y su relación con la generación, dispersión e intensificación de Floraciones de Algas Nocivas (FAN), y con la reducción de Oxígeno y otros impactos de la acuicultura en los mares interiores de la Patagonia; sumado a una reglamentación que establece subsidiariedad del Estado en la responsabilidad del cuidado de los mares interiores y sus ecosistemas, patrimonio único de la nación; sumado a las falencias institucionales para sustentar la investigación y garantizar la vigilancia y control de las actividades acuícolas, reflejan una transgresión grave a los principios precautorio y ecosistémico que la misma ley de Pesca y Acuicultura establece.
El presente informe ofrece una revisión crítica de la generación de condiciones anaeróbicas en amplios sectores de la Patagonia, coincidentes con la expansión de la acuicultura intensiva, abordando sus causas y los impactos ambientales que provoca en el ambiente acuático. El objetivo del informe es alertar a la institucionalidad a cargo de la protección y uso del patrimonio ambiental, a la empresa acuciosa y a las comunidades de la Patagonia, acerca de la importancia de abordar correctamente el problema, considerando que actualmente se está dando mucho más de lo que es normal y aceptable, y que su investigación científica es demasiado precaria. El mismo forma parte de una presentación ante el Tribunal Ambiental en causa rol de ingreso R-19-2020, cuyos antecedentes se adjuntan en PDF.
1. DEFINICIÓN DE ANAEROBIOSIS Y CONDICIÓN ANAERÓBICA
Si bien el término ANAEROBIOSIS O ANAEROBISMO se refiere a la capacidad de vivir o funcionar en ausencia de oxígeno (e.g. algunas bacterias e invertebrados en el mar), el término se usa para identificar un estado o condición del sustrato o del ambiente carente de oxígeno para la vida. Bajo este contexto se puede entender “Condiciones Anaeróbicas” en la legislación chilena sobre Acuicultura, como aquella que se alcanza cuando la concentración de Oxígeno a un metro del fondo marino es menor a 2.5 mg/L, el pH menor a 7.1, y haya presencia de burbujas de gas, sumadas a otras características concomitantes. Estas características se presumen (porque no se miden) mucho mas extremas en el fondo y bajo el sedimento.
Se debe destacar que cuando se aproximan o se alcanzan, estas características son extremas y gravísimas para el ecosistema. En efecto, al compararlas con el impacto del Cambio Climatico la “Condición Anaeróbica” que se da bajo los cultivos es mucho más crítica. Mientras el Cambio Climático ha generado una acidificación del mar del 26% (pH de 8.2 a 8.1) en 200 años (ref 1-7) y una reducción del Oxigeno de 0.6-2%, la Condición Anaeróbica equivale a una acidificación del agua de 900% (por diminución del pH de 8.1 a 7.1), y una reducción del Oxigeno de 71% (de 8.6 a 2.5 mg/L).
2. GRAVE ALTERACIÓN DEL ORDEN NATURAL
El ciclo natural que se inicia con la fotosíntesis y producción de fitoplancton en el mar, y que se expande en la trama alimentaria en el sistema pelágico y en las comunidades de fondo (ref 8,9) vía filtración y sucesivas depredaciones, termina con la descomposición de la materia muerta o no utilizada, su degradación, remineralización o renovación de nutrientes y finalmente la fertilización de las aguas; así se reinicia el ciclo de producción vegetal y animal que sustenta todo el ecosistema y también las pesquerías. El proceso de degradación y remineralización está mediada por invertebrados detritívoros y bacterias aeróbicas principalmente. n Cuando el flujo de materia orgánica al fondo es excesivo se genera Eutroficación, que es el estado de sobrecarga de materia orgánica por sobre la capacidad natural de degradación. En este estado, la degradación continúa, utilizando el oxígeno disuelto hasta agotarlo. Con esto se produce hipoxia, las conocidas condiciones anaeróbicas, hasta llegar a la anoxia total.
La eutroficación ha sido ampliamente relacionada con la acuicultura y con los Fenómenos de Algas Nocivas en otras latitudes (ref 10-13,19), lo que ha sido ignorado o eludido por la institucionalidad gubernamental e industria acuícola en los mares interiores de Chile.
Además de perturbar el ciclo natural de “Producción primaria … tramas tróficas … remineralización”, la reducción extrema del Oxígeno produce una disminución de la biodiversidad en las comunidades de fondo (por emigración o muerte de las especies). Igualmente grave, es la perturbación de la trama trófica en las comunidades Bentonicas, Demersales (cercanas al fondo) y Pelágicas (e.g. peces, zooplancton); y entre estos organismos planctonicos, el krill (Euphausia vallentini) que se alimenta en los mares interiores en ambos ambientes, se vería doblemente afectado (ref 14) y por ende la alimentación de ballenas en el Estrecho de Magallanes y otros canales de la Patagonia.
3. AMBIENTES ANAERÓBICOS DE ORIGEN NATURAL Y ANTROPOGÉNICO
Si bien existen ambientes marinos donde puede existir hipoxia, anoxia y anaerobiosis en forma natural, estos son muy peculiares y excepcionales, como ocurre en las fumarolas termales y gaseosas de algunos montes submarinos profundos, en el interior del sedimento del fondo marino donde el flujo de agua e intercambio gaseoso es mínimo, en la Capa o Zona de Oxígeno Mínimo del Pacifico Ecuatorial, Mar de Arabia, entre otros. En todos estos ambientes existe naturalmente una flora (e.g. tiobacterias) y una fauna de invertebrados (e.g. vermes) escasa de mínima biodiversidad y con extraordinarias adaptaciones fisiológicas (respiración, nutrición, etc), logradas en miles a millones de años de historia evolutiva.
La Capa o Zona de Oxígeno Mínimo en el Pacífico Sur tiene un núcleo a los 250 m de profundidad a lo largo de la Corriente de Humboldt, niveles mínimos de Oxígeno frente a Perú y el Norte de Chile, y en su límite austral alcanza a penetrar con concentraciones muy superiores de Oxígeno, por el Golfo Corcovado hasta el Estrecho de Meninea, en el Canal Moraleda (ref 15-18). Por ello, las condiciones anaeróbicas detectadas en mares interiores de Chiloé, Aysén y Magallanes, no se deben relacionar con esta Zona de Oxígeno Mínimo del Mar adyacente a Chile Norte y Central.
La eutroficación y progresivo agotamiento del oxígeno disuelto, y sus consecuencias en el ambiente marino también se pueden relacionar con el vertimiento de flujos domésticos (alcantarillas), y escurrimiento desde el continente de los excesos de fertilizantes a los lagos y al borde costero en áreas con agricultura intensiva. Por ello, estas causales de anaerobiosis difícilmente podrían ser esgrimidas en un contexto general en el Archipiélago de Chiloé (con excepción de las cercanías de Castro, Ancud, Calbuco), y mucho menos en Aysén y Magallanes.
Por todo esto, la hipótesis más plausible es que una eventual anaerobiosis extensiva en los mares interiores de Chiloé, Aysén y Magallanes se deba a la Eutroficación generada por la acuicultura intensiva: tanto de la salmonicultura por los residuos de alimentos, fecas y cadáveres de salmones (“mortalidad”), como de la mitilicultura concentrada en “áreas aptas para la acuicultura” por la sobreproducción concentrada de fecas y pseudofecas (ref 19, 20).
En efecto, el origen antropogenico se reafirma incluso en el Informe Final del crucero ordenado por SUBPESCA en relación al vertimiento de salmones en descomposición y varamiento de mariscos en Chiloé en 2016; en el se destaca tres focos de amonio (relacionados con la eutroficación generada por descomposición de materia alóctona al sistema natural): uno justamente en la localidad del vertimiento mar afuera, otro en el interior del Seno Reloncaví, y otro en la localidad más cercana al varamiento de mariscos, en Cucao (ref 21; pp 37, 48, 54).
4. LAS PECULIARIDADES OCEANOGRÁFICAS DE LOS CANALES MAGALLÁNICOS Y FUEGUINOS QUE SUGIEREN UNA ALTA VULNERABILIDAD A LOS IMPACTOS DE EUTROFICACIÓN Y ANAEROBIOSIS
A pesar de que desde la altura se aprecia un continuum entre el mar abierto y aguas que inundan los canales, fiordos bahías y ensenadas de la Patagonia, por lo que el sistema de Mares Interiores aparece muy abierto a las aguas del Pacifico y también al Atlántico (Estrecho de Magallanes y Canal Beagle), las aguas, especialmente las subsuperficiales y profundas, están relativamente atrapadas en el sistema de mares interiores, y separadas en microcuencas, aunque estas sean adyacentes o muy cercanas. Esto se ha atribuido a los estrechamientos topográficos (pasos y estrechos) y a la pronunciada variabilidad batimétrica con enormes diferencias de profundidad entre cuencas vecinas (ref 15, 16, 22-24). Esto implica una muy reducida renovación de las aguas interiores con las de los océanos Pacifico y Atlántico, y una eventual acumulación progresiva de contaminantes (pesticidas, antibióticos) y de la materia orgánica que tenga origen antrópico.
Estos componentes orgánicos, (restos de alimento y fecas de organismos en cultivo), que sedimentan en el fondo bajo las concesiones de cultivo, presentan tasas que aparentemente superan ampliamente la capacidad de degradación bacteriana aeróbica, y que generan en corto tiempo (quizás menor que en Chiloé y Aysén) la temida Condicion Anaeróbica, a juzgar por su frecuente detección a través de las INFAS en Magallanes.
Difícilmente las condiciones anaeróbicas (relacionadas con la acuicultura, la eutroficación, los cambios en la biodiversidad, en las comunidades bentónicas, los impactos en el zooplancton y en la comunidad pelágica en general), se podría relacionar con escurrimiento de fertilizantes de la acuicultura intensiva o de desechos domésticos en Magallanes, ni tampoco con la presencia de aguas de bajo oxígeno de origen oceánico.
Sobre esto, las investigaciones generadas en los cruceros internacionales en la Patagonia Austral de los buques Victor Hensen (Alemania) (ref 22), Caribou (ref 23) e Italica (Italia) (ref 24) y los numerosos cruceros nacionales (ref 18) establecen que las aguas superficiales, subsuperficiales y profundas del Pacifico alcanzan apenas el estrechamiento de la Isla Carlos III en el brazo occidental del Estrecho de Magallanes, por lo que la renovación de aguas interiores es muy limitada. Por otra parte, ni en estos ni en otros trabajos se mencionan masas de agua de Oxígeno Mínimo, ni otros indicadores de anaerobiosis (ref 15, 16, 18, 24).
Por tanto y por exclusión fundada, las condiciones anaeróbicas se atribuirían más plausivamente a la eutroficación generada por la acuicultura en los canales Fueguinos y Magallánicos y otros de la Patagonia Austral.
5. ALGUNAS RESTRICCIONES DE LA LEGISLACIÓN CHILENA SOBRE ACUICULTURA EN RELACIÓN A CONDICIONES ANAEROBICAS
a) La reglamentación para la adjudicación y renovación de concesiones de acuicultura permite eludir los Estudios de Impacto Ambiental y acogerse solamente a una Declaración de Impacto Ambiental e INFAS: Esto se concede en un 99% de las concesiones, al presumir que no “se producirían impactos significativos en el ambiente”, lo cual atenta contra todo lo expuesto y contra la información y razonamiento científico que indica que las condiciones anaeróbicas generarían perturbaciones dramáticas en: 1.- la composición química del medio marino; 2.- en las comunidades bentónicas; 3.- en los ciclos de generación y transformación de la materia orgánica; 4.- en las tramas tróficas; 5.- en la biodiversidad; y 6.- en el comportamiento de organismos clave del ecosistema marino, como se ha descrito.
b) La reglamentación y la institucionalidad han eludido sistemáticamente la “estimación de la capacidad de carga del ecosistema” que asegure, o se aproxime, a su sustentabilidad; y en reemplazo establecen las “Condiciones Anaeróbicas” como limite a la producción acuícola. De esta manera se privilegia la factibilidad y sustentabilidad económica de la industria a costa de externalidades, zonas de sacrificio e impactos sociales.
c) Más grave aún es que, al eludir una estimación de capacidad de carga que por definición implica la sustentabilidad de los procesos naturales del ecosistema, y reemplazarla por condiciones anaeróbicas que implican características químico-biológicas que desde ya impactan gravemente las comunidades biológicas, al punto de reducir e toda vida aeróbica, la regulación ha privilegiado la sobreexplotación del ambiente en desmedro de su conservación. El instrumento regulatorio funciona a posteriori y no a priori, como sería si se ajustara al nivel dado por la capacidad de carga.
d) La reglamentación exige la vigilancia de las condiciones anaeróbicas inmediatamente bajo la concesión, presumiendo que esas parcelas de agua están estáticas. Dicha presunción atenta contra la evidencia científica que indica que el mar (a diferencia del ambiente terrestre y en gran parte del lacustre) es altamente advectivo y turbulento. Es decir, cada parcela de agua está expuesta a permanentes u ocasionales desplazamientos horizontales y verticales (por efecto de corrientes de marea, surgencia de aguas profundas o subsuperficiales, ondas internas, etc), y por ello las aguas a vigilar se deben extender mucho más allá de la “sombra” de una concesión. La institucionalidad ha eludido el estudio de la distribución y dispersión de la contaminación, de la reducción generalizada del Oxígeno, y del deterioro de los fondos y del sistema pelágico, en los mares interiores por la acuicultura, y ha dejado esa responsabilidad en manos de la misma industria, que aparentemente tampbien lo ha eludido.
1. CONCLUSIÓN
La falta de investigación científica independiente sobre: contaminación, capacidad de carga, eutroficación y su relación con la generación, dispersión e intensificación de Floraciones de Algas Nocivas (FAN), y con la reducción de Oxígeno y otros impactos de la acuicultura en los mares interiores de la Patagonia; sumado a una reglamentación que establece subsidiariedad del Estado en la responsabilidad del cuidado de los mares interiores y sus ecosistemas, patrimonio único de la nación; sumado a las falencias institucionales para sustentar la investigación y garantizar la vigilancia y control de las actividades acuícolas, reflejan una transgresión grave a los principios precautorio y ecosistémico que la misma ley de Pesca y Acuicultura establece.
Presentación ante el Tribunal Ambiental en causa rol de ingreso R-19-20:
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2. REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS
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